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El Supremo condena a Peñafiel y a Encarna Sánchez por comparar el canon de la SGAE con un impuesto revolucionario

miércoles 22 de octubre de 2014, 12:37h
Peñafiel y su compañera Encarna Sánchez dijeron que la SGAE se asemejaba con ETA
Peñafiel y su compañera Encarna Sánchez dijeron que la SGAE se asemejaba con ETA
El Ato Tribunal ha ratificado una sentencia de la Audiencia Provincial de 1995, en la que se condenaba a los periodistas por afirmar que el canon de la SGAE a los hosteleros por la utilización de sistemas de radiotelevisión, era similar al ‘impuesto revolucionario’ que ETA cobra a los empresarios. Los hechos se remontan a 1995 y ahora deberán dar parte, el periodista, y la heredera de Encarna Sánchez, Pilar Cebrián
Libertad no es libertinaje. El Supremo ha considerado que no todo vale en el ámbito de la libertad de expresión, y por ello ha ratificado una sentencia condenatoria a dos afamados periodistas por sus declaraciones.

Los hechos se remontan al 14 de febrero de 1995. En el programa 'Directamente Encarna', conducido por la periodista Encarna Sánchez, se dijo que el impuesto que la Sociedad General de Autores (SGAE) cobra al sector hostelero por utilizar aparatos de radio y televisión era un ‘impuesto revolucionario’, aduciendo al que ETA cobra a los empresarios.
‘Esto es un impuesto revolucionario, no solamente digamos que cobran los de ETA a los empresarios vascos, que aquí también la SGAE...’, afirmaron, además de afirmar que el dinero ‘se lo están llevando unos tontos’.

El fallo sostiene que existen numerosas sentencias del Tribunal Constitucional y del propio Supremo que establecen que la expresión ‘impuesto revolucionario’ no puede utilizarse con el pretexto del derecho a la libre opinión o a la libertad de información, y siempre será ilegítima y rechazable. Además, al tratarse de un canon legal y reconocido, no es legítimo emplear términos o expresiones ‘injuriosas o tendenciosas’ respecto al mismo.

La SGAE interpuso una demanda por intromisión ilegítima en el honor de este organismo hace nueve años, y, aunque en primera instancia fue desestimado, la Audiencia Provincial de Madrid condenó a los periodistas. Ahora el Supremo lo ha ratificado con esta sentencia, por lo que los informadores, o en el caso de Sánchez, su heredera, Pilar Cebrián Morenilla, deberán indemnizar a la SGAE con una cantidad que ronda los 300.506 euros.
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