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La información pública debe ser libre

Luis González Balcarce / Fuente: www. periodistaonline.com.ar

miércoles 22 de octubre de 2014, 12:37h
Uno de los aportes más valiosos de Internet a la cultura de nuestro tiempo es su aptitud para dar transparencia a las instituciones republicanas y para que los ciudadanos puedan obtener información sobre las actividades del Estado en forma rápida y eficaz como nunca antes. Nada más actual este tema, ahora, que se está discutiendo interminablemente cómo “facilitar el libre acceso a la información pública”.

República, como todos sabemos, significa “res-pública”, cosa del pueblo. Los principios republicanos más importantes son -como nos lo enseñaron en la escuela primaria- el voto popular, la división de poderes, la periodicidad en las funciones, la responsabilidad de los funcionarios y la publicidad de los actos de gobierno, que es -este último- el tema que nos ocupa ahora.

Si tenemos problemas para conocer quÉ hace el gobierno, cuáles son las decisiones que toma, no vivimos en una república o ella tiene graves precariedades.

Todas las normas y determinaciones que dicta el gobierno en una república son públicas, salvo que expresamente sean declaradas secretas; y es indispensable que ellas sean tan públicas y libres como cuando decidimos pasear por una vereda de la ciudad o se nos antoja sentarnos en el banco de una plaza y mirar el cielo.

Las decisiones públicas y todas las normas que les dan origen no pueden estar “afectadas”, esto es -en lenguaje administrativo- que no es necesario pedir permiso o ser habilitados especialmente para acceder a ellas; deben estar completamente al alcance de nuestra libre y responsable determinación (“desafectadas”).

Un bien público “afectado” es -por ejemplo- el edificio de la Casa de Gobierno, que pertenece a todos, pero, para entrar en él, debemos registrarnos en la puerta y ser autorizados, identificados y hasta ser revisados en la entrepierna, si les parece a los muchachos o muchachas de la custodia.

La información pública, como su nombre lo indica, debe ser pública, sin cortapisas de funcionarios, ni tramites dilatorios de naturaleza alguna como principio general. Cabrían sólo excepciones cuando están en juego derechos personalísimos de terceros o cuestiones de la más alta seguridad y defensa del Estado, que -como ya hemos apuntado- debe ser expresamente declarado como tal y esto hace a un capítulo del Derecho que denominan los entendidos como de “legislación sigilosa”.
Pero, claro, las cosas en la Argentina no son así.

Contamos, como en el siglo pasado, con el Boletín Oficial, donde podemos ver las normas emitidas, incluso entrando también al sitio web de ese organismo -que es el responsable de difundir las normas vinculadas con la acción del gobierno- o en el del Ministerio de Economía (Infoleg), pero -claro- salvo si queremos hacer un relevamiento un poco más complejo. Si aspiramos a, por ejemplo, saber todas las relaciones de una empresa, o un ciudadano, con el Estado Nacional, nuestra suerte será muy menguada o nula.
¿Por qué? Por que, por lo pronto, para hacer una búsqueda informática minuciosa, no son susceptibles de ella sino los extractos o “textos sumarios” de las leyes o decretos, que -por otro lado- uno debe, luego, llamar individualmente por su número. En síntesis, no podemos navegar por todo el magma de la legislación sino muy parcialmente y dentro de lo que, con muchas artimañas administrativas, entra o no entra a muestra observación.

Digamos entonces que, para ser ciudadanos de una república moderna, no cabe duda de que tenemos que ser capaces de “modernizar el principio republicano de la publicidad de los actos de gobierno”; y no hace falta ser muy sagaz para saber que la respuesta es Internet.

Es necesario transformar el Boletín Oficial en el Sistema Nacional de Información Pública de la República.

Para esto, es necesario una nueva norma general que establezca una “preceptiva informática susceptible de ser navegada relacionalmente” de todo aquello que los ciudadanos, periodistas, organizaciones intermedias, partidos políticos u otras organizaciones requieren como indispensable para estudiar las decisiones del Estado y que sean volcadas en ese sistema único, con penas graves para quienes, siendo los responsables primarios en cada organismo, las evadan por acción u omisión.

Con la existencia de este sistema deberemos estar en condiciones de navegar, por ejemplo, con buscadores que nos digan cosas como éstas:

todas las relaciones de un individuo o una empresa con el Estado:
contratos ejecutados o en ejecución;
compras del Estado:
juicios contra el Estado;
deudas y acreencias;

comisiones y viajes de funcionarios;
cantidad de empleados y sueldos en cada organismo;
antecedentes minuciosos de los funcionarios de los tres poderes que permitan al pueblo verificar su idoneidad (un principio constitucional) e independencia de intereses;
ejecución del presupuesto; etcétera
El puntapié inicial lo debe dar el gobierno nacional, en cumplimiento de su obligación de dar publicidad a los actos de gobierno (no necesita ley especial alguna, es un atributo constitucional).

Luego, podrán adherir al sistema todas las provincias y municipios de la República, ya que somos federalistas y no podemos obligarlos compulsivamente.

¿Se puede o no?
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