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La ética en la supercarretera de la información (Parte II, de II)

Emilio Filippi // Fuente: www. saladeprensa.org

miércoles 22 de octubre de 2014, 12:37h
Las leyes de prensa que existen en muchos países responsabilizan a los autores de sus dichos, y extienden tal responsabilidad a los directores y propietarios de los medios. Como Internet es una especie de "intruso en palacio", que no está sometido a legislación alguna pese a los intentos que han surgido en muchas partes, todos ellos fallidos, es posible que se haya extendiendo la idea de que nada debiera oponerse a su expansión. Justamente ese punto es el que podría exponerlo más adelante a enfrentarse con una reacción negativa en cadena. En cambio, si al hacer uso de esa mayor liberalidad el periodismo electrónico se prestigia, por ser más pluralista, objetivo y creíble, podría poner en jaque a los medios tradicionales. El periodista y catedrático colombiano Javier Darío Restrepo, coautor con María Teresa Herrán de un libro sobre "Ética para Periodistas", en una entrevista con el director de la Agencia Colombiana de Noticias, Colprensa, afirmó, acerca de la influencia que Internet podría tener en el futuro de los medios de comunicación: " Si los medios no se preocupan de ganar una credibilidad y por prestar un servicio que pueda competir con la credibilidad y con el servicio de Internet, muy fácilmente van a ser reemplazados, al menos en parte, por la información de Internet. (5)
El mayor problema que afronta en estos momentos Internet tiene que ver con los contenidos no propiamente informativos que presentan muchos de los sitios de la red. Una encuesta realizada por la CNN en 1999 dio cuenta que un alto porcentaje de los internautas prefería abrir las páginas de sexo explícito, las revistas con contenido erótico y pornográfico, los chismorreos sobre personajes de la farándula y algunos políticos u hombres de Estado de moda. Esto, al decir de Javier Echeverría (6) nos permite dilucidar el tipo de espacio social generado por la red. Como muestra, dice, "valga un ejemplo que puede parecer anecdótico, pero resulta muy significativo. Como es sabido, uno de los sitios del World Wide Web más visitados es el de Playboy. Los directivos de esta revista plantearon en un momento dado cobrar a cada uno de los internautas que ojeara sus ficheros. En los días previos a la adopción de la medida, se produjo una verdadera avalancha de consultas, con el fin de archivar el mayor número de imágenes posibles. Ello dio lugar a que la decisión prevista fuera reconsiderada. Los directivos de Playboy decidieron adaptarse a la gratuidad tradicional de los contenidos de la red, añadiendo a cambio publicidad a sus imágenes".

La idea de convertir el periodismo electrónico en un negocio todavía no tiene resultados positivos, de acuerdo con balances recientes, por lo menos, en los sitios independientes de empresas tradicionales. En los que corresponden a versiones digitales de diarios, revistas u otros medios, generalmente son copartícipes de la publicidad de aquéllos, pero difícilmente podrán tener un financiamiento propio a través de anuncios colocados estratégicamente como banderolas de cabecera (banners).

Este aspecto de la situación ha hecho que en algunos parlamentos del mundo, incluyendo Estados Unidos, a pesar de la vigencia de la primera enmienda constitucional, que prohibe legislar para limitar la libertad de expresión en todas sus formas, se alcen voces destinadas a poner atajo a los excesos que pudieran cometerse o que se cometen a través de Internet. Tales iniciativas se fundan en que, a través de Internet, "pueden transmitirse datos, documentos, imágenes y sonidos de diversa naturaleza o contenido, sean lícitos o ilícitos, morales o inmorales, permitidos o prohibidos, benignos o nocivos". (7)
El abogado Renato Javier Jijena que es profesor de Derecho Informático y diplomado de la Universidad de Zaragoza, y es actualmente docente en la Universidad de Chile, reivindica un concepto que los profesores de ética periodística hemos señalado como básico para el sustento de la más plena libertad de expresión, de información y de opinión. Esto es, la autorregulación de los propios periodistas y, en sentido más amplio, cuando se trate de las otras áreas que cubre Internet, la autorregulación de quienes utilizan la red a través de sitios personales o corporativos. Esto debiera significar, desde luego, el conocimiento cabal de aquellos preceptos que nadie debiera jamás violar para mantener íntegramente vigente el imperio de los derechos de las personas.

Constitucionalmente, en Chile existe libertad de emitir opinión y la de informar, sin censura previa, en cualquier forma y por cualquier medio, "sin perjuicio de responder de los delitos y abusos que se cometan en el ejercicio de estas libertades". La actual Ley de Abusos de Publicidad y la futura Ley de Prensa definen cuáles son los medios a que se refiere la norma constitucional, y entre ellos no se menciona explícitamente a Internet, aunque no faltan los que interpreten que, al hablar de cualquier medio, se podría incorporar a la red. No obstante, como la única disposición legal existente al respecto es la Ley 19113, sobre delitos informáticos, que se refiere al uso malicioso desde el punto de vista tecnológico de los sistemas de tratamiento de información computacional, destrucción o apropiación indebida de las bases de datos y uso doloso de los programas ( software). No hay alusión a la red ni a la palabra Internet, de modo que, por el momento, El profesor Jijena subraya que hay un error conceptual y jurídico en quienes pretenden definir a Internet como un Medio de Comunicación Social, y por lo tanto, es equivocado afirmar que las responsabilidades que en derecho les caben a los medios de comunicación colisionan con las características técnicas de Internet, ya que, por no ser un medio de comunicación social, no se le pueden exigir responsabilidades. Jijena dice que lo que ocurre es que Internet forma parte de los medios de comunicación masiva, lo que no es lo mismo que los medios de comunicación social, perfectamente caracterizados en sus funciones. (8)
Lo dicho por Jijena tiene relación con una moción presentada en la Cámara de Diputados durante la discusión de la Ley de Prensa, que se encuentra en último trámite constitucional. En la moción se establece que "el que difunda o propale a través de los sistemas, redes y procedimientos de Internet, o de otros servicios de igual naturaleza, informaciones, contenidos o noticias contrarias a la moral, el orden público o las buenas costumbres, será sancionado con una multa de 15 unidades tributarias mensuales. Igual sanción se aplicará a quienes usen dolosamente tales servicios y redes, con el propósito de incitar al odio y la discriminación contra grupos de personas en razón de su raza, nacionalidad, sexo o religión, y a los que utilicen esos servicios o redes para difundir pornografía o efectuar la apología de la violencia".

El profesor Jijena hace varias objeciones a esta iniciativa. La primera es que se trata de una ley que sólo regirá en Chile, y que, por lo tanto, no pasaría de ser una mera declaración de principios, fácilmente vulnerables por la aterritorialidad de Internet. Se trata, en consecuencia de letra muerta. Pero, además, la moción recomienda que se estudie en un plazo de seis meses un procedimiento destinado a encontrar técnicas idóneas de resguardo contra los contenidos ilícitos. Esta es una forma de censura previa que, aunque de difícil ejecución, revela un afán de coartar este espacio de libertad que es Internet, pero con medidas declamatorias. Jijena hace otras observaciones de carácter procesal, que no viene al caso repetir aquí, porque nos desviaríamos del fondo de nuestro trabajo. (9)
En suma, no es a través de la ley positiva como se podrá enfrentar los problemas que pudiera crear, o que ya está creando Internet. Estamos seguros que el sistema puede ser extraordinariamente útil y valioso para acentuar la libertad de expresión, en sus áreas de información, interpretación y opinión, asegurar la independencia de los periodistas y su autonomía de gestión. Naturalmente, insistimos, tales bienes solamente serán ampliamente positivos para la comunidad si los periodistas que utilizan la red asumen con mucho celo sus deberes éticos, que no son diferentes ni antagónicos con los principios y valores aplicables a los profesionales de cualesquier otros medios de comunicación.

Esta preocupación por la ética periodística en el más amplio abanico de posibilidades existe actualmente en el mundo de una manera muy directa. Incluso en Internet hay sitios destinados a comentar las situaciones conflictivas creadas por diarios, revistas, radios o canales de televisión, señalando, al respecto la buena doctrina frente a cada falta. Es el caso de "Observatório Da Imprensa," de Brasil, y varios otros de Estados Unidos, que dan orientaciones acerca de lo que se debe o no hacer, instando a los periodistas a que autorregulen su actividad y eviten así que aparezcan críticos externos promoviendo legislaciones para establecer censuras previas o castigos ejemplares. Esta es una tarea que los periodistas tenemos que abordar con mucha seriedad y sentido de futuro, para prever desagradables o irreparables consecuencias el día de mañana.
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