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Convocatoria de elecciones para la renovación de la Junta Directiva de la APM

Apmadrid.es

miércoles 22 de octubre de 2014, 12:37h
De conformidad con lo que determina el Artículo 32 de los vigentes Estatutos de la ASOCIACION DE LA PRENSA DE MADRID, la Junta Directiva, en la reunión celebrada el 25 de septiembre de 2007, ha decidido convocar elecciones para la renovación de todos los cargos de la Junta, fijando la fecha del 22 de noviembre de 2007 para la celebración de las mismas.
Es de aplicación, en este caso, el Reglamento Electoral refrendado por la Asamblea General celebrada en febrero de 2007, de acuerdo con el cual se establecen las siguientes:

NORMAS ELECTORALES:

Comisión y Mesa electoral

La Comision de Auditoría y Garantías Electorales, que por disposición estatutaria es la responsable del control y de la organización de las elecciones, será la encargada de constituir la Mesa Electoral, integrada por tres asociados titulares y tres suplentes, que no participen como candidatos en la elecciones y que actuarán como presidente, secretario y vocal de la Mesa, respectivamente.

Puestos que se cubren

Los cargos que se someten a votación son: Presidente, Vicepresidente 1º, Vicepresidente 2º, Secretario General, Vicesecretario, Tesorero, Archivero-Bibliotecario y trece Vocales.

Candidatos

Podrán presentarse como candidatos para cubrir los puestos de presidente, vicepresidente 1º, vicepresidente 2º, secretario general, vicesecretario, tesorero y archivero-bibliotecario los asociados que tengan más de cinco años de antigüedad en la Asociación

Para las vocalías podrá presentarse cualquier asociado, con independencia de su antigüedad. En todos los casos los candidatos deberán estar al corriente de sus obligaciones sociales.Para que una candidatura o candidato quede proclamado deberá presentarse con las firmas de al menos cien asociados, que podrán firmar o avalar, asimismo, otra u otras candidaturas o candidatos.Ningún asociado podrá presentarse a más de un cargo, ni formar parte de más de una candidatura.

Presentación de candidaturas

Las candidaturas se presentarán en la sede de la Asociación de la Prensa, dirigidas a la Comisión de Auditoría y Garantías Electorales, por escrito, con la firma de todos los candidatos, haciendo constar los datos siguientes:

a) Nombre, apellidos, número de asociado de cada uno de los integrantes de la candidatura y cargo al que se presenta cada candidato.

b) Nombre, apellidos y número de asociado de la persona que, en su caso, se designa como interventor de la candidatura, así como del posible o posibles suplentes.

c) Relación nominal de los asociados que avalan la candidatura. Al citado escrito deberán unirse los avales de los asociados que apoyan la candidatura, avales en los que junto al nombre del avalista se hará constar su nombre, apellidos y número de asociado.El plazo para la presentación de las candidaturas finaliza a las catorce horas del 22 de octubre de 2007.

Proclamación de candidaturas

Las candidaturas que reúnan los requisitos establecidos y aporten los avales exigidos, serán proclamadas como tales por la Comisión de Auditoría y Garantías Electorales.La proclamación de las candidaturas se hará pública en la Página Web de la Asociación de la Prensa de Madrid veinticuatro horas después de finalizar el plazo de presentación de candidaturas. A las personas que encabecen las candidaturas proclamadas se les comunicará mediante telegrama dirigido al domicilio que figure en el documento de presentación de la candidatura.En el supuesto de que únicamente se proclamase una candidatura será declarada electa, sin necesidad de votación, una vez transcurra el plazo de presentación de posibles recursos.

Presentación de recursos

Contra la proclamación de candidaturas podrá recurrir en reposición cualquier asociado durante los dos días hábiles siguientes a la publicación de la proclamación.El recurso de reposición, que deberá presentarse en el domicilio de la Asociación de la Prensa de Madrid, será resuelto por la Comisión de Auditoría y Garantías Electorales en el plazo de 24 horas, en reunión a la que podrán asistir con voz, pero sin voto, los interventores de las candidaturas.Contra el acuerdo de la Comisión de Auditoría y Garantías Electorales no cabrá posterior recurso.

Información a los asociados

Cumplido el plazo para la presentación de recursos y confirmada la proclamación de las candidaturas, la Comisión de Auditoría y Garantías Electorales dará cuenta a los asociados, por correo, de las candidaturas o candidatos proclamados y les adjuntará las papeletas necesarias para la votación.La Comisión de Auditoría y Garantías Electorales facilitará a cada candidatura proclamada papeletas en número igual al doble del censo de asociados para que las puedan remitir a los electores. Asimismo les facilitará dos juegos de sobres etiquetados con las direcciones postales de los asociados.Igualmente tendrá a disposición de las candidaturas proclamadas los servicios informáticos de la Asociación, para que a través de dichos servicios puedan envíar a los asociados, al menos en dos ocasiones, información de la candidatura a través del correo electrónico.

Votación

Las votaciones se celebrarán en la sede de la Asociación de la Prensa de Madrid, en la fecha establecida en la convocatoria, es decir, el 22 de noviembre de 2007, en horario ininterrumpido desde las diez de la mañana hasta las ocho de la tarde.El control de las votaciones y el posterior recuento de los votos se llevará a cabo por la Mesa Electoral. Los interventores designados por las candidaturas podrán incorporarse a la Mesa Electoral y hacer las reclamaciones y observaciones que estimen oportunas, reclamaciones que deberán resolver los componentes de la Mesa Electoral con carácter inmediato.

Electores

Podrán participar como electores todos los asociados que en el momento de la votación se hallen al corriente de sus obligaciones sociales con la Asociación de la Prensa de Madrid.Para poder depositar el voto será requisito indispensable acreditar el derecho al mismo mediante la presentación del carné de socio o, en su defecto, de documento oficial acreditativo de su identidad.Los electores dispondrán de cabinas independientes para garantizar la libertad y el secreto del voto.Las papeletas para efectuar la votación, serán impresas por la Asociación de la Prensa de Madrid, y se enviarán por correo a todos los asociados.

Sistema de votación

El sistema de votación será mediante listas abiertas, por lo que los asociados podrán modificar en su voto las candidaturas proclamadas, sustituyendo o eliminando nombres de los que figuren en aquellas.

Asimismo, podrán elaborar sus papeletas con todos o con sólo algunos de los candidatos. Si una papeleta aparece con más nombres del total de los puestos a elegir será considerada nula.Cualquier nombre de asociado que aparezca en una papeleta de votación y no haya sido proclamado candidato, se considerará voto nulo en lo que se refiere al candidato o candidatos no proclamados.Cualquier error de detalle en los nombres que figuren en las papeletas de votación, siempre que a juicio de la Mesa Electoral permita la clara identificación del voto, será subsanado y admitido.Para la elección de los cargos de Presidente, Vicepresidente 1º, Vicepresidente 2º, Secretario General, Vicesecretario, Tesorero y Archivero-Bibliotecario, sólo se computarán los votos emitidos específicamente para estos puestos, no siendo válidos para el recuento los emitidos para cargos distintos.En la elección de Vocales no se señalará el número de orden de cada vocalía. Este orden se atribuirá al constituirse la nueva Junta Directiva según el número de votos obtenidos, de mayor a menor, por el conjunto de los 13 Vocales.

Voto por correo

Los asociados que por cualquier causa prevean que no podrán acudir a depositar su voto el día de la votación, podrán efectuarlo por correo certificado enviándolo directamente a la Mesa Electoral, en sobre especialmente reseñado que la Asociación de la Prensa de Madrid les facilitará previamente, a petición de los interesados. En el citado sobre el elector deberá incluir:

a) Un sobre cerrado que contenga en su interior la papeleta de votación.

b) Fotocopia de su carné de asociado o, en su defecto, de documento que acredite la identidad del votante por correo.El mismo sistema deberán seguir los asociados que residen fuera de Madrid –en otra Comunidad o en el extranjero-, cumpliendo, igualmente, el trámite de solicitar a la Asociación el sobre especial para el envío del voto.Sólo se tendrán en cuenta, a efectos de votación, los sobres que tengan entrada en la sede de la Asociación de la Prensa de Madrid hasta el momento de finalizar la votación. El presidente de la Mesa Electoral, antes del cierre definitivo de la urna, procederá a introducir los votos en la misma, previo control y registro de cada uno de los votantes. Todos los sobres recibidos con posterioridad al cierre serán anulados.

Voto en domicilio

Excepcionalmente, aquellos asociados que estén imposibilitados para desplazarse hasta la sede de la Asociación de la Prensa de Madrid, por edad o enfermedad, podrán votar en su domicilio, en sobre cerrado y firmado, siempre que lo soliciten a la Comisión de Auditoría y Garantías Electorales, con una antelación mínima de setenta y dos horas a la fecha y hora fijadas para el inicio de la votación.Personal de la Asociación de la Prensa de Madrid se desplazará el día de la votación al domicilio de estos asociados para recoger el sobre con su voto. Todos los votos que se recojan por este sistema se irán depositando en la urna a medida que tengan entrada en la sede social, previo control y registro del elector votante.

Escrutinio y proclamación

Finalizada la votación tendrá lugar el escrutinio de los votos, acto que será público y que se llevará a cabo en el propio salón electoral.Al terminar el escrutinio la Mesa Electoral redactará el acta, que hará llegar a la Comisión de Auditoría y Garantías Electorales, haciendo entrega de una copia al interventor de cada candidatura.La Comisión de Auditoría y Garantías Electorales, una vez recibida el Acta redactada por la Mesa Electoral, procederá a efectuar la proclamación de los candidatos elegidos, que tomarán posesión de sus cargos en el plazo máximo de setenta y dos horas a partir del momento de la proclamación.
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