El Consejo de Ministros ha aprobado la ampliación del permiso por nacimiento y cuidado del menor, aumentando su duración de 16 a 19 semanas para cada progenitor y a 32 semanas en el caso de familias monoparentales. Este cambio, efectivo desde el 2 de agosto de 2024, busca mejorar la conciliación laboral y familiar, promoviendo la corresponsabilidad en los cuidados. El permiso es un derecho individual no transferible y se puede solicitar por trabajadores asalariados, autónomos o empleados públicos con un periodo mínimo de cotización. La Seguridad Social cubrirá el coste total del permiso, que estará exento de IRPF. Además, se detallan las condiciones para su distribución y cómo solicitarlo adecuadamente.
El Consejo de Ministros ha dado un paso significativo en la política de conciliación familiar al aprobar, el 29 de julio de 2025, una ampliación del permiso por nacimiento y cuidado del menor. Este permiso se incrementa de 16 a 19 semanas para cada progenitor y se extiende a 32 semanas en el caso de familias monoparentales.
La medida responde a la convicción del Gobierno de que el trabajo remunerado no debe ser un obstáculo para que los padres ejerzan su derecho a cuidar y formar una familia. Con esta iniciativa, se busca fomentar la corresponsabilidad en las tareas del hogar y reducir la brecha de género en el ámbito laboral.
Este permiso es un derecho individual e intransferible para cada trabajador, reemplazando desde 2021 las antiguas prestaciones de maternidad y paternidad, equiparando así ambos derechos.
Desde 2019, el Ejecutivo ha implementado medidas para promover la igualdad laboral, enfocándose en garantizar el derecho a la conciliación y la corresponsabilidad. En este marco, el permiso de paternidad pasó de cinco a ocho semanas, y posteriormente a doce semanas en 2020.
Con la entrada en vigor en 2021 de la equiparación total entre progenitores, el permiso se amplió a 16 semanas, seis de las cuales deben tomarse inmediatamente tras el parto o resolución judicial en casos de adopción o acogimiento.
La reciente ampliación hasta 19 semanas (o 32 para familias monoparentales) completa la transposición de una directiva comunitaria mediante un real decreto-ley publicado. Esta modificación posiciona a España como un referente internacional en políticas de conciliación, alineándose con países europeos que ofrecen permisos más extensos y flexibles.
Pueden beneficiarse de este permiso los trabajadores asalariados, autónomos o empleados públicos que estén dados de alta o asimilados al alta y que hayan cotizado lo necesario. Este derecho aplica a aquellos cuyos hijos nazcan a partir del 2 de agosto de 2024, pudiendo solicitar las dos semanas adicionales desde el 1 de enero de 2026.
El periodo correspondiente al nacimiento suspenderá el contrato laboral durante 19 semanas (o 32 si hay un solo progenitor). La distribución es la siguiente:
Las once semanas restantes (22 en caso monoparental) pueden disfrutarse en períodos continuos o interrumpidos hasta que el bebé cumpla un año.
En situaciones especiales como nacimientos múltiples o discapacidad, se añade una semana más por progenitor.
Si ocurre un parto prematuro y el neonato debe permanecer hospitalizado, el periodo de suspensión comenzará a contar desde la fecha del alta hospitalaria, excluyendo las seis primeras semanas tras el parto. Si hay complicaciones adicionales, como bajo peso o necesidad prolongada de hospitalización, se podrá extender la suspensión hasta un máximo de trece semanas adicionales.
En caso del fallecimiento del hijo, el periodo no se reduce salvo que uno o ambos progenitores soliciten reincorporarse al trabajo después de las seis semanas obligatorias. Si uno de los progenitores fallece, el otro podrá utilizar todo o parte restante del permiso.
La Seguridad Social cubrirá completamente los costos asociados al permiso por nacimiento y cuidado del menor, abonando el 100% de la base reguladora. Esta prestación estará exenta de IRPF, lo que significa que se recibirá el salario bruto sin retenciones fiscales.
Añadiendo información específica según tipo:
Descripción | Cifra |
---|---|
Duración del permiso para cada progenitor | 19 semanas |
Duración del permiso para familias monoparentales | 32 semanas |
Aumento de semanas desde el anterior permiso | 3 semanas |
Número de semanas que deben disfrutarse inmediatamente después del parto | 6 semanas |
El permiso por nacimiento y cuidado de menor es un derecho individual de la persona trabajadora y no transferible al otro progenitor. Sustituyó en el año 2021 a las antiguas prestaciones de maternidad y paternidad y las equiparó.
En 2019, el Ejecutivo aprobó medidas para favorecer la igualdad en el ámbito laboral y garantizar el derecho a la conciliación y la corresponsabilidad, entre las que figura la progresiva equiparación de los permisos de madres y padres en base a tres principios: igualdad, intranferibilidad y remuneración al cien por cien. Ese año, el permiso de paternidad pasó de 5 a 8 semanas, y en el año 2020 a doce. En 2021 entró en vigor la equiparación total para ambos progenitores y el permiso se amplió a 16 semanas. En 2025, se amplió a 19 semanas (32 en caso de familias monoparentales).
Pueden acogerse a este permiso los trabajadores asalariados, autónomos o empleados públicos que se encuentren en situación de alta o asimilada al alta, tengan cubierto un periodo mínimo de cotización, y cuyos hijos hayan nacido a partir del 2 de agosto de 2024.
El permiso se distribuye en diecisiete semanas (28 en caso de familias monoparentales) hasta que el bebé cumpla un año, con seis semanas obligatorias inmediatamente después del nacimiento. Las once semanas restantes pueden disfrutarse en periodos semanales seguidos o interrumpidos. Además, hay dos semanas adicionales (cuatro en caso monoparental) que se distribuyen hasta que el menor cumpla ocho años.
En casos de parto prematuro donde el neonato debe permanecer hospitalizado tras el parto, el periodo de suspensión del contrato podrá computarse a partir de la fecha de alta hospitalaria. Si hay hospitalización prolongada, la suspensión se ampliará hasta un máximo de trece semanas adicionales.
En caso de fallecimiento del hijo o hija, el periodo de suspensión no se reduce salvo que uno o los dos progenitores soliciten reincorporación al trabajo tras las seis semanas obligatorias. Si uno progenitor fallece, el otro podrá hacer uso total o parcial del permiso restante.
La Seguridad Social asume el coste total del permiso por nacimiento y cuidado de menor y abonará el 100% de la base reguladora.
Puedes solicitarla con certificado digital a través del portal "Tu Seguridad Social", sin certificado digital mediante una plataforma específica o presencialmente con cita previa.
Se requiere solicitud de la prestación, acreditación de identidad (DNI, pasaporte o NIE), certificado de empresa para trabajadores por cuenta ajena, e informes específicos dependiendo si es un nacimiento o adopción.