El 29 de noviembre se celebrarán elecciones generales en España. Los ciudadanos que no estén en su domicilio habitual pueden solicitar el voto por correo hasta el 19 de noviembre. La documentación electoral será enviada a partir del 9 de noviembre, y los votantes deberán devolver su voto por correo certificado antes del 25 de noviembre. Para solicitar el voto, es necesario presentar un impreso en las oficinas de Correos o hacerlo telemáticamente con DNI electrónico o certificado digital. Es importante destacar que una vez solicitada la votación por correo, no se podrá votar de manera presencial.
El Consejo de Ministros ha aprobado el real decreto que disuelve las Cortes y convoca elecciones al Congreso de los Diputados y al Senado, programadas para el 29 de noviembre de 2026. Este decreto fue publicado en el Boletín Oficial del Estado el 6 de octubre, momento en que comenzó su vigencia.
Según lo estipulado por la Ley Orgánica 5/1985, la campaña electoral se extenderá durante 15 días, iniciándose a las 0:00 horas del viernes 13 de noviembre y concluyendo a las 24:00 horas del viernes 27 de noviembre. Las nuevas Cámaras se reunirán en sesiones constitutivas el 23 de diciembre.
La jornada de reflexión está programada para el sábado 28 de noviembre.
Los ciudadanos podrán solicitar el voto por correo desde la fecha de convocatoria hasta el 19 de noviembre de 2026. Esta solicitud puede realizarse en cualquier oficina de Correos o a través de la página web de Correos, sin necesidad de acudir físicamente a una oficina. Para ello, es necesario autenticar la identidad mediante un DNI electrónico o un certificado digital válido.
Para votar por correo, deberás recoger el impreso correspondiente en las oficinas de Correos o presentar tu solicitud online con el DNI electrónico o un certificado digital válido.
En dicho impreso, se debe indicar la dirección postal donde se desea recibir la documentación electoral, ya sea en el domicilio habitual, en el lugar de trabajo o en un apartado postal.
A partir del 9 de noviembre, la Oficina del Censo Electoral enviará la documentación necesaria para votar a la dirección indicada.
Una vez recibida esta documentación, selecciona la papeleta y colócala dentro del sobre destinado a tal fin (si decides votar en blanco, no incluyas ninguna papeleta). Luego introduce este sobre junto con el certificado de inscripción en el censo dentro del sobre que lleva escrita la dirección de tu mesa electoral. Es importante no incluir ningún documento que acredite tu identidad dentro del sobre, ya que esto podría invalidar tu voto.
Lleva este sobre a una oficina de Correos y preséntate con tu DNI o documento equivalente. Debes enviarlo por correo certificado gratuito antes del 25 de noviembre de 2026, respetando los horarios habituales de apertura.
Si no puedes entregar personalmente la documentación, deberás otorgar autorización a otra persona para que lo haga en tu nombre, acompañada por una fotocopia firmada y vigente de tu DNI.
No es posible cambiar tu decisión si has solicitado votar por correo; si tu solicitud es aceptada, no podrás ejercer tu derecho al voto presencialmente en tu mesa electoral el día señalado.
Si te encuentras temporalmente fuera del país y deseas votar, debes:
A partir del 3 de noviembre, se comenzará a enviar la documentación electoral a las direcciones solicitadas. El voto debe ser enviado por correo certificado antes del 25 de noviembre.
Para garantizar la validez del voto desde el extranjero, es crucial que conste un matasellos u otra certificación oficial que demuestre que fue enviado dentro del plazo estipulado.
No podrán solicitarlo aquellos electores residentes en España que estén temporalmente fuera ni los residentes en el extranjero que hagan su solicitud desde su país actual.
| Descripción | Cifra |
|---|---|
| Fecha de las elecciones | 29 de noviembre de 2026 |
| Plazo para solicitar el voto por correo | Hasta el 19 de noviembre de 2026 |
| Plazo para depositar el voto en Correos | Hasta el 25 de noviembre de 2026 |
| Inicio de la campaña electoral | 13 de noviembre de 2026 |
| Fin de la campaña electoral | 27 de noviembre de 2026 |
La campaña electoral durará 15 días, comenzando a las 0:00 horas del viernes 13 de noviembre y finalizando a las 24:00 horas del viernes 27 de noviembre.
El voto por correo se puede solicitar a partir de la fecha de la convocatoria y hasta el día 19 de noviembre de 2026. El plazo para depositar el sobre con el voto en las oficinas de Correos finalizará el 25 de noviembre.
Debes recoger el impreso de solicitud en las oficinas de Correos o presentar vía web la solicitud de voto por correo con el DNI electrónico o un certificado digital válido. Luego, debes enviar tu voto por correo certificado gratuito antes del 25 de noviembre.
No. Si solicitas votar por correo y tu solicitud es aceptada, no podrás votar de manera presencial en tu mesa electoral el 29 de noviembre.
Tienes que cumplimentar el impreso de solicitud y presentarlo personalmente en el consulado o embajada hasta el 31 de octubre. La oficina del censo electoral enviará la documentación electoral a partir del 3 de noviembre.
Pueden utilizarla los electores residentes en España y aquellos electores residentes en el extranjero que se encuentren temporalmente en España, con derecho a voto en las elecciones convocadas.