El Gobierno de España ha finalizado el proceso administrativo para la reubicación de los primeros menores migrantes no acompañados que llegaron a las costas del país tras la declaración de contingencia migratoria. El ministro de Política Territorial y Memoria Democrática, Ángel Víctor Torres, lideró una reunión con altos funcionarios para coordinar esta reubicación, que se llevará a cabo en Ceuta, Melilla y Canarias. Se han establecido dos mecanismos: uno para los menores que llegaron después de la declaración, con un plazo de 15 días, y otro para aquellos que ya estaban en las fronteras antes de dicha declaración, con un periodo de cuatro meses. Las delegaciones del Gobierno están trabajando en la inscripción y asignación de comunidades autónomas para estos menores.
El Gobierno de España ha completado los trámites administrativos necesarios para la reubicación de los primeros niños, niñas y adolescentes migrantes no acompañados que han llegado a las costas españolas. Esta acción se produce tras la declaración de contingencia migratoria en Ceuta, Melilla y Canarias, en cumplimiento del Real Decreto Ley 2/2025, que modifica el Artículo 35 de la Ley de Extranjería.
En una reunión celebrada hoy, el ministro de Política Territorial y Memoria Democrática, Ángel Víctor Torres, estuvo acompañado por varios altos funcionarios del Gobierno. Entre ellos se encontraban los secretarios de Estado de Política Territorial, Arcadi España, y de Juventud e Infancia, Rubén Pérez. También participaron las delegadas del Gobierno en Melilla y Ceuta, Sabrina Moh y Cristina Pérez respectivamente, así como otros representantes gubernamentales de las Islas Canarias.
Mañana está prevista una reunión entre las delegadas del Gobierno en Ceuta y Melilla con responsables de los gobiernos locales y la Fiscalía para finalizar las reubicaciones de los menores. Este proceso se llevará a cabo una vez que se hayan asignado las comunidades autónomas que acogerán a estos jóvenes.
Por otro lado, el Ejecutivo español tiene la intención de organizar un encuentro similar en Canarias. Cabe recordar que el primer menor registrado tras la declaración de contingencia migratoria llegó el 11 de septiembre.
El Real Decreto Ley establece dos procedimientos distintos para la reubicación. El primero se aplica a los menores que llegaron después de la declaración de contingencia migratoria, quienes tienen un plazo administrativo de 15 días para ser reubicados. El segundo mecanismo es para aquellos que ya se encontraban en los territorios fronterizos antes de dicha declaración, quienes disponen de un periodo administrativo más extenso, fijado en cuatro meses.
En las últimas semanas, se han llevado a cabo numerosas reuniones orientadas a gestionar y coordinar el seguimiento de estos expedientes por parte de las delegaciones del Gobierno. Tras la declaración de contingencias migratorias, se han realizado diversos trámites esenciales como la inscripción del niño en el Registro de Menores Extranjeros no Acompañados por parte de la Policía Nacional y otras gestiones administrativas necesarias.
El Gobierno de España ha culminado los procesos administrativos para la reubicación de los primeros niños, niñas y adolescentes migrantes no acompañados que han llegado a las costas españolas tras la declaración de la contingencia migratoria.
La reunión fue presidida por el ministro de Política Territorial y Memoria Democrática, Ángel Víctor Torres, y contó con la participación de varios secretarios de Estado, delegados del Gobierno en Ceuta y Melilla, y otros altos funcionarios relacionados con la coordinación territorial y jurídica.
El Real Decreto Ley establece dos mecanismos: uno para los niños que llegaron tras la declaración de contingencia migratoria, con un plazo administrativo de 15 días; y otro para aquellos que ya se encontraban en los territorios frontera antes de dicha declaración, con un periodo administrativo de cuatro meses.
Las subdelegaciones del Gobierno han llevado a cabo varios trámites, como la inscripción del niño en el Registro de Menores Extranjeros no Acompañados, el inicio del procedimiento para determinar la comunidad autónoma de destino, la audiencia al menor, y la comunicación a la Fiscalía.