El Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible ha abierto el plazo para que las víctimas de los accidentes ferroviarios en Adamuz (Córdoba) y Gelida (Barcelona) soliciten ayudas. Estas ayudas, disponibles desde el 3 de febrero de 2026 hasta el 4 de mayo, están destinadas a personas heridas y a familiares de fallecidos en los incidentes. Se ofrece una tramitación simplificada, permitiendo solicitudes telemáticas o presenciales, con apoyo de oficinas de atención integral en diversas localidades. Las ayudas son compatibles con otros seguros e indemnizaciones y buscan proporcionar un respaldo económico inmediato a los afectados.
El Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible ha iniciado el proceso para que las víctimas de los accidentes ferroviarios ocurridos en Adamuz (Córdoba) y Gelida (Barcelona) puedan solicitar ayudas económicas. Esta iniciativa se enmarca dentro del Real Decreto ley 1/2026, aprobado recientemente por el Consejo de Ministros.
Desde el 3 de febrero de 2026, los afectados pueden gestionar sus solicitudes a través de la página web del Ministerio o de manera presencial. La resolución que establece el procedimiento estará disponible en la sede electrónica del ministerio y el plazo para presentar solicitudes se extenderá hasta el 4 de mayo. Los interesados podrán solicitar una ampliación del plazo inicial, siempre que lo justifiquen adecuadamente, conforme a lo estipulado en la Ley 39/2015.
Estas ayudas están diseñadas para proporcionar un apoyo económico inmediato a las personas afectadas y sus familias, con el fin de mitigar la incertidumbre financiera generada por los accidentes. Además, buscan facilitar un proceso administrativo ágil y accesible.
Las ayudas están destinadas a:
El procedimiento prevé una ayuda directa no reembolsable para casos de lesiones y fallecimientos, así como anticipos sobre indemnizaciones por responsabilidad civil. Estas ayudas son compatibles con otras coberturas como el Seguro Obligatorio de Viajeros y futuras indemnizaciones.
Las solicitudes pueden presentarse electrónicamente mediante un formulario disponible en la Sede Electrónica del Ministerio o físicamente utilizando formularios específicos. Cada beneficiario debe presentar una solicitud individual; sin embargo, si una persona es elegible por varias razones, puede consolidar su solicitud en un único documento.
Tanto los beneficiarios como sus representantes autorizados podrán presentar las solicitudes. En caso de que el beneficiario no tenga plena capacidad legal, podrá hacerlo quien ejerza la patria potestad o tutela. La Administración también podrá obtener la información necesaria sin requerir documentos adicionales a los solicitantes, respetando siempre la normativa sobre protección de datos personales.
Para facilitar el acceso a estas ayudas, se han establecido oficinas de atención integral en colaboración con el Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática. Estas oficinas estarán ubicadas en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno en comunidades autónomas afectadas por los accidentes, especialmente en Huelva y Barcelona. Allí se brindará apoyo directo durante todo el proceso y se ofrecerán números telefónicos para consultas.
Toda la información relacionada con el procedimiento y las ayudas disponibles, incluyendo guías aplicativas y preguntas frecuentes, puede consultarse en la Sede Electrónica del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, así como en las oficinas habilitadas para atender a las víctimas.
Las ayudas están dirigidas a las personas que viajaban en los trenes accidentados y al personal ferroviario que se encontraba a bordo (maquinistas, personal de a bordo o en formación) que resultaron heridos, así como a los familiares de las personas fallecidas.
Se contempla una ayuda directa y no reembolsable en los supuestos de lesiones y fallecimiento, además de un anticipo de las indemnizaciones por responsabilidad civil.
Las solicitudes pueden presentarse por vía telemática a través del formulario disponible en la Sede Electrónica del Ministerio o presencialmente utilizando los formularios habilitados.
Sí, se deberá presentar una solicitud por cada persona beneficiaria que tenga derecho a la ayuda. Sin embargo, si una persona puede ser beneficiaria por varias causas, podrá realizarse una única solicitud incluyendo todas.
La solicitud puede ser presentada por la persona beneficiaria o un representante autorizado. En caso de que la persona no tenga plena capacidad de obrar, la solicitud puede ser presentada por quien ejerza la patria potestad, tutela o curatela.
La Administración recabará de oficio la información y documentación necesaria siempre que las personas solicitantes lo autoricen, evitando que tengan que aportar documentos ya disponibles en otras administraciones o entidades.
Toda la información relativa al procedimiento y a las ayudas está disponible en la Sede Electrónica del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible y en las oficinas de atención integral habilitadas para las víctimas.