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Condenan a Procono por emitir contenidos de otras televisiones sin su consentimiento

miércoles 22 de octubre de 2014, 12:37h
Se trata de la misma compañía que interpuso un recurso ante el Tribunal Supremo del que podría resultar la anulación de la ley de televisión por cable.
Un juez de Málaga ha condenado a la compañía de televisión de cable Procono a pagar más de 3.500.000 euros a la Entidad de Gestión de Derechos de los Productos Audiovisuales (Egeda) por haber retransmitido contenidos pertenecientes a otras televisiones sin tener su consentimiento ni haber abonado la retribución por derechos correspondiente.

El Tribunal Supremo se pronunció recientemente sobre un recurso presentado por Procono acerca del régimen de adjudicaciones de la televisión por cable, en una resolución que podría tener como consecuencia la anulación, por ser considerada 'inconstitucional´ de la ley de televisión por cable de 1995.

Una de las reacciones a la resolución de Tribunal Supremo sobre la inconstitucionalidad de la norma fue la de la Asociación de Operadores de Cable que, en referencia a Procono, que quedó excluida del reparto de las adjudicaciones en Sevilla, aseguró que ésta fue una de las compañías que no asumieron los compromisos necesarios para ser adjudicatarias de la licencia y que, sin embargo, 'han continuado prestando servicios con posterioridad´ y que, por este motivo, no están 'en igualdad de obligaciones que los concesionarios´.

Ahora, una sentencia condena Procono a indemnizar a Egeda –en una cantidad inferior a la demandada por esta segunda- por considerar que esta compañía retransmitió 'grabaciones contenidas en las emisiones de televisión que capta de otras entidades de radiodifusión´, 'sin contar con la autorización de la actora y sin abonar la retribución correspondiente´.
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